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22 de abril 2013
MILES DE DAMNIFICADOS
Trámites para solucionar conflictos por las inundaciones
Escribe: Nadia Brenda Salva
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Desde 1985 que no llovía con tanta magnitud. El agua cayó y dejó a su paso el desastre: 57 muertes en La Plata, varamientos, calles abnegadas, cortes de luz e innumerables pérdidas. Más de 300 milímetros en pocas horas, una semana después volvió a llover afectando gravemente a los barrios de Saavedra, Mataderos y Liniers. En Villa Santa Rita y Villa Gral. Mitre, muchísimos usuarios se quedaron sin luz por más de diez días.
Pero a pesar de la trágica situación vivida, desde el Gobierno de la Ciudad se otorgaron más de 14.000 subsidios en apenas quince días, se recibieron unos mil reclamos por día, que superan a los hechos en tormentas anteriores. En general eran por pérdida de autos y casas. Los subsidios pueden ser de hasta $ 20.000 para las casas afectadas por la inundación y de hasta $ 8.000 para los daños a los automotores. Además, los damnificados quedan eximidos de abonar la tasa de ABL durante seis meses, y pueden acceder con menos requisitos a créditos especiales del Banco Ciudad para ir recomponiendo su patrimonio perdido.

Los Subsidios
•      La ciudad de Buenos Aires creó en 2005 un Fondo de Emergencia para Subsidios por Inundaciones, que prevé en este tipo de catástrofes naturales paliar las pérdidas económicas de los ciudadanos.
•      La ley 1575/05 establece que el fondo permanente de subsidios tiene como destino atender las necesidades derivadas de los daños ocasionados por fenómenos meteorológicos que provoquen inundaciones y anegamientos en distintas zonas de la ciudad.
•      Se benefician todas aquellas personas que sufran daños en bienes muebles, inmuebles y registrables. Para cada categoría hay una serie de requisitos que deberán cumplirse para obtener el subsidio.
•      Importante: El subsidio debe solicitarse dentro de los veinte (20) días hábiles de producido el daño.
•      El Banco de la Ciudad de Buenos Aires tiene una línea de crédito específica a tasa subsidiada destinada a asistir a personas físicas, consorcios de edificios y locales comerciales damnificados.

El trámite se puede hacer en cualquiera de las 15 sedes comunales. Luego, el Gobierno tiene otros 30 días hábiles para verificar que las pérdidas denunciadas sean ciertas. Si no lo hiciera en ese plazo se tomará lo declarado por la gente como real.
Para más información ingresar en: www.buenosaires.gob.ar/subsidios