5 de julio no sólo se voto a Jefe de Gobierno de la ciudad, también se eligieron legisladores y comuneros. En esta nota vamos a contarles como resultaron las elecciones y como se conformaron las juntas comunales en nuestras comunas.
Muchos de los candidatos renovaron su mandato. Se votó por segunda vez en la historia de la Ciudad por candidatos a integrar las 15 Juntas Comunales. Gestionarán desde diciembre de 2015 hasta el 2019.
Siete miembros integrarán un cuerpo colegiado denominado junta comunal. Quién resulte ganador presidirá la junta, los miembros restantes atenderán alguna de las áreas específicas de la gestión.
El PRO resultó victorioso en la elección a comuneros en la ciudad de Buenos Aires y presidirá las quince juntas comunales. ECO salió segundo en 10 comunas y el Frente para la Victoria obtuvo el segundo lugar en cinco comunas (todas comunas del sur de la ciudad).
La comuna en la que el oficialismo sacó la mayor cantidad de votos fue en la 2 (Recoleta), donde obtuvo un 58,42% para los miembros de las juntas.
En donde el PRO obtuvo menos sufragios fue en la Comuna 15 (Chacarita, Villa Crespo, La Paternal, Villa Ortúzar, Agronomía y Parque Chas), con 37,70% para comuneros.
En la Comuna 11 (Villa Gral. Mitre, Villa del Parque, Villa Santa Rita y Villa Devoto) hay que destacar la buena elección que hizo el Frente de Izquierda de los Trabajadores, llegando a 5,35% en la categoría a Junta Comunal, aunque no le alcanza para colocar juntistas. Mientras que en la Comuna 15 el candidato del FIT obtuvo un 6,62%.
En la Comuna 11 el PRO lograría mantener la misma cantidad de comuneros, el Frente Para la Victoria perdería un lugar y ECO tendría por primera vez representantes a nivel comunal.
La Junta Comunal 11 quedaría conformada con Carlos Alberto Guzzini (presidente, renueva mandato), Graciela Elisabet Valdez (renueva mandato), Maximiliano Esteban Alles, Patricia Karina Acevedo (PRO). Por ECO entrarían Marta Liotto y Gonzalo Aguilar. Finalmente el FPV retendría un solo escaño con Delfina Velázquez (renueva mandato).
Por su parte la Junta Comunal 15 estaría integrada por Jorge Lucchesi (renueva su mandato pero en esta oportunidad ocupará el cargo de presidente), María Eugenia Moscariello y Alfredo Raimundo por el Pro; Rodrigo Guevara y Mora Kantor (ECO), por el FpV, Camila Rodríguez, (renueva mandato) y Germán Palladino.
Funciones de la Junta Comunal
La ley número 1777, denominada Ley orgánica de Comunas, sancionada en septiembre del 2005, definió como objetivos principales de la división comunal: “la descentralización de las funciones administrativas y políticas del Gobierno de la Ciudad, la participación ciudadana en el proceso de toma de decisiones y la promoción de los mecanismos de democracia directa para la consolidación de la cultura democrática participativa”. Pero recién en 2008 comenzaron a funcionar cuando se establecieron los límites que definieron el territorio asignado a cada Comuna, quedando conformadas, de esta manera, las 15 Comunas que agrupan la totalidad de los barrios de la Ciudad.
Según la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, “Las Comunas son unidades de gestión política y administrativa con competencia territorial” y que “ejercen funciones de planificación, ejecución y control, en forma exclusiva o concurrente con el Gobierno de la Ciudad, respecto a las materias de su competencia”.
Las funciones exclusivas de cada Comuna son: 1) El mantenimiento de calles y de espacios verdes; 2) La elaboración de su programa de acción y anteproyecto de presupuesto anual, así como su ejecución; 3) La presentación de proyectos de Ley en la Legislatura (iniciativa legislativa) y la presentación de proyectos de decretos al Jefe de Gobierno (Poder Ejecutivo); 4) La administración de su patrimonio.
La Ley N º 1.777, asimismo estableció que son funciones de las Comunas “llevar adelante toda acción que contribuya al mejoramiento de la calidad de vida de sus habitantes y al desarrollo local, en tanto no implique menoscabo de la ciudad en su conjunto y/o de las demás jurisdicciones Comunales”. Las Comunas no pueden crear impuestos, tasas o contribuciones, ni endeudarse financieramente.
Pero también la Constitución de la Ciudad fijó funciones compartidas con el Gobierno porteño como son: 1) La fiscalización y el control del cumplimiento de normas sobre usos de los espacios públicos y suelo, que les asigne la ley. La decisión y ejecución de obras públicas, proyectos y planes de impacto local, la prestación de servicios públicos y el ejercicio del poder de policía en el ámbito de la Comuna y que por ley se determine; 2) La evaluación de demandas y necesidades sociales, la participación en la formulación o ejecución de programas; 3) La participación en la planificación y el control de los servicios; 4) La gestión de actividades en materia de políticas sociales y proyectos comunitarios que pueda desarrollar con su propio presupuesto, complementarias de las que correspondan al Gobierno de la Ciudad ; 5) La implementación de un adecuado método de resolución de conflictos mediante el sistema de mediación, con participación de equipos multidisciplinarios.
Además de la Junta Comunal, la ley crea el Consejo Consultivo Comunal como organismo asesor en las decisiones de cada Comuna, y como modelo de ampliación para la participación popular: “El Consejo Consultivo Comunal está integrado por representantes de entidades vecinales no gubernamentales, partidos políticos, redes y otras formas de organización con intereses o actuación en el ámbito territorial de la Comuna”.
La elección de la Juntas Comunales ya es un hecho consumado. La avanzada legislación que dispuso de las Comunas es darle la participación a los vecinos que se consustancien con un proyecto mejor de vida. Para eso el conjunto de los vecinos que participan en los Consejos Consultivos deberán marcarle la cancha a la Junta Comunal. Como bien los habilita la Ley de Comunas.