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23 de Noviembre 2015
DENUNCIA CONTRA EL PRESIDENTE DE LA JUNTA COMUNAL 11
Solicitan intervención de la Auditoría General de la Ciudad
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El Bloque del Frente para la Victoria de la Junta Comunal 11, integrado por Delfina Velázquez y Carlos Eusebi presentó una Nota en la reunión de Junta que genero Expediente número EXP-2015-35746183-MGEYA-Comuna 11.
Dicha Nota solicita al Presidente que remita todas las Resoluciones firmadas por su única persona a la Auditoria General de la Ciudad, a fin de que esta dictamine, si fue de buen proceder esta conducta, ya que los comuneros que hicieron esta presentación consideran que se vulneró la Ley 1777 de Comunas.
En la nota explicitan… "Tal como lo hemos manifestado en reiteradas oportunidades, constituye motivo de especial preocupación que se realicen actos que son propios del ámbito competencial de la Junta Comunal, acudiendo al dictado de autos resolutivos de Presidencia, en violación a los inherentes a la colegiatura que hace a la esencia de la estructura y funcionamiento del gobierno de Comunas."
Fundamentan este pedido en que… "De acuerdo al artículo 19º de la Ley 1777, el Gobierno de las Comunas está a cargo de un órgano colegiado cuya composición es el resultado del pronunciamiento de la soberanía popular de la Ciudad, por lo que su marginación en el proceso de toma de decisiones configura una transgresión no sólo administrativa sino político-institucional.
continúan diciendo… "La Ejecución del Presupuesto y la administración del patrimonio de la Comuna, son competencias explícitas de la Junta Comunal a tenor de lo dispuesto en el inciso b) del Artículo 26 y el funcionamiento de dicho órgano es lo suficientemente ágil para atender incluso requerimientos de necesidad o urgencia, sin dilaciones y con la debida eficiencia y eficacia, postulados estos que deben orientar los actos y procedimientos de ejecución presupuestaria.
"El inciso d) del artículo 32 del mismo cuerpo legal señala que es atribución de los miembros de la Junta Comunal "Participar en la decisión respecto del ejercicio de la totalidad de las competencias atribuidas a la Junta Comunal", difícilmente pueda cumplir cabalmente con este cometido institucional si las decisiones se adoptan unilateralmente mediante Resoluciones de Presidencia."
En función de la observancia de dicha normativa consideran "estrictamente necesario se de intervención a la Auditoría General de la Ciudad para que en cumplimiento del rol de órgano de control externo que le asigna el artículo 42 de la Ley 1777, evalúe si en los actuados administrativos promovidos en el presente ejercicio y en los que se han realizado actos, celebrado contratos o concretado negocios jurídicos que involucren disposiciones patrimoniales o autorización de gastos, con la exclusiva intervención de la Presidencia y sin la participación previa de la Junta Comunal, se ha dado cumplimiento al bloque de juridicidad vigente en la materia.

Finalizan expresando: "La circunstancia de haber sido excluidos y de no habérsenos involucrado institucionalmente en su dictado, constituye una restricción al acceso de la información que nos impide una individualización exhaustiva de los actos, negocios o contratos autorizados con la única firma del Presidente de la Junta.
Hacemos expresa reserva de promover las medidas que resulten aconsejables, tanto en sede administrativa como jurisdiccional a los fines de deslindar responsabilidades."

Los comuneros enviaron copia de esta solicitud al Consejo Consultivo Comunal y a la Auditoría General de la Ciudad.

Cabe recordar que días pasados la juntista Paula Resels hizo una presentación ante la Procuración General de la Ciudad para denunciar al señor Carlos Guzzini por irregularidades en actos administrativos por una suma que asciende a $18.324.732,24, llevados a cabo en 2013 y 2014.